- Ley
- Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 27
Artículo 27 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para poder ocupar los puestos que se mencionan en esta sección, necesitas cumplir con lo siguiente: - Ser mexicana y tener tus derechos como ciudadana (como votar y ser votada) al 100%. - Que la Contraloría de la Ciudad de México no te haya suspendido o vetado para cargos públicos. - No haber sido condenada por un delito hecho a propósito que te lleve a la cárcel. - Tener título profesional y saber de equidad de género (igualdad entre hombres y mujeres). - Ser una persona que respete las ideas diferentes y tenga una postura abierta sobre los temas de las mujeres. - Tampoco debes tener ningún otro impedimento que marquen las leyes.
Texto oficial
Artículo 27. Para ocupar alguno de los cargos mencionados en este capítulo, se deberán reunir los siguientes requisitos: I. Ser ciudadana mexicana en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. No haber sido inhabilitada por la Contraloría del Gobierno del Distrito Federal; III. No haber sido sentenciada por delito intencional que merezca pena corporal; IV. Deberá ser profesional y contar con conocimientos en equidad de género V. Distinguirse por su respeto, tolerancia y apertura a la pluralidad de pensamiento y postura sobre el tema de las mujeres; VI. No encontrarse en ninguno de los impedimentos establecidos por los diversos ordenamientos jurídicos. CAPÍTULO IV DE LA REPRESENTACIÓN DEL INSTITUTO EN LAS DELEGACIONES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.