- Ley
- Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 30
Artículo 30 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser Representante del Instituto de las Mujeres en las Delegaciones, necesitas cumplir estos requisitos: - Ser mexicana y tener todos tus derechos civiles y políticos vigentes. - Que la Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México no te haya suspendido o castigado. - No haber sido condenada a prisión por un delito cometido a propósito. - Tener conocimientos sobre igualdad entre hombres y mujeres. - Contar con un título profesional, o que tres organizaciones, académicos o servidores públicos reconocidos te recomienden. - Ser una persona respetuosa, tolerante y abierta a diferentes opiniones sobre temas de mujeres. - No tener ningún impedimento legal que te prohíba el puesto.
Texto oficial
Artículo 30. Para ser titular de la Representación del Instituto de las Mujeres en las Delegaciones, se requiere: I. Ser ciudadana mexicana en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. No haber sido inhabilitada por la Contraloría del Gobierno del Distrito Federal; III. No haber sido sentenciada por delito intencional que merezca pena corporal; IV. Contar con conocimientos en equidad de género; V. Deberá ser profesional y acreditada por instituciones educativas públicas o privadas y/o contar con la recomendación de tres organizaciones civiles, y personal académico, servidores públicos de reconocido prestigio y/o especialistas en el tema género; VI. Distinguirse por su respeto, tolerancia y apertura a la pluralidad de pensamiento y postura sobre el tema de mujeres; y VII. No encontrarse en ninguno de los impedimentos establecidos por los diversos ordenamientos jurídicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.