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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interno-instituto-mujeres-distrito-federal/32
Ley
Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
32

Artículo 32 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que alguien pueda representar al Instituto en las Delegaciones, necesita primero estar inscrito en el Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México. Además, debe tomar cursos de capacitación y actualización de manera constante. Esto se hace para que la persona sea más profesional y aprenda más, siempre siguiendo programas que tomen en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres. En pocas palabras, buscan que los representantes estén bien preparados y actualizados.

Texto oficial

Artículo 32. Para la representación del Instituto en las Delegaciones se deberá contar con la inscripción emitida por el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal y participar en cursos de capacitación y actualización permanentes, para coadyuvar a su profesionalización y desarrollo en el marco de los programas con enfoque de género. CAPÍTULO V DEL ÓRGANO DE VIGILANCIA

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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