Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interno-instituto-mujeres-distrito-federal/37
Ley
Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El consejo estará formado por varias personas elegidas por la Asamblea Legislativa. Para ser parte de él, deben tener una trayectoria reconocida en defender los derechos de las mujeres y trabajar por la igualdad de género. También necesitan tener conocimiento, experiencia y entender la realidad y necesidades de las mujeres. En pocas palabras, buscan a personas que sepan del tema y se preocupen de verdad por mejorar la situación de las mujeres en México.

Texto oficial

Artículo 37.- El consejo se conformará de manera plural por personas electas por la Asamblea Legislativa, de reconocida trayectoria en la defensa de los derechos de las mujeres y acciones a favor de la equidad de género, que cuenten con conocimiento, experiencia y sensibilidad con la realidad y necesidades de las mujeres.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.