- Ley
- Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 42
Artículo 42 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 42 dice que la Dirección General del Instituto será la encargada de crear, organizar, poner en marcha y revisar cómo funciona el Programa General de igualdad de oportunidades y no discriminación hacia las mujeres, así como otros programas parecidos dentro del Instituto. En otras palabras, esta dirección es la que se asegura de que todo lo que se haga para que las mujeres tengan las mismas oportunidades y no sufran discriminación esté bien planeado y funcione correctamente. También tiene la responsabilidad de verificar que el Instituto cumpla con estos programas. Esto aplica tanto al programa principal como a los programas que cada área del Instituto debe desarrollar.
Texto oficial
Artículo 42. La Dirección General diseñará, coordinará, aplicará y evaluará el Programa General de igualdad de oportunidades y no discriminación hacia las mujeres y los demás Programas Institucionales, que deberá desarrollar el Instituto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.