- Ley
- Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 47
Artículo 47 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 47 dice que, básicamente, la planeación es cómo el instituto va a decidir qué quiere lograr y cómo lo va a hacer. Primero, se definen los programas, las metas y los objetivos. También se ponen las prioridades, se hacen los cálculos básicos y se calculan los resultados que se esperan obtener. Todo esto sirve para que lo que se haga día a día esté alineado con los planes generales del año.
Texto oficial
Artículo 47. La planeación es el proceso a través del cual deberán fijarse los programas, objetivos y metas que se pretenden alcanzar por el instituto. Así mismo, se establecen las prioridades, previsiones básicas y se estiman los resultados que se pretenden alcanzar por el mismo. La planeación permite vincular la operación e instrumentación de los programas específicos con los objetivos generales establecidos en el Programa Anual.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.