- Ley
- Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 48
Artículo 48 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a ayudar a definir lo que se busca lograr en temas de desarrollo social en la Ciudad de México, pero siempre viendo que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades. Esto lo hará al momento de crear el plan general de desarrollo social de la ciudad. El Instituto se encargará de que las metas, estrategias y políticas públicas tomen en cuenta la equidad de género, es decir, que no haya favoritismo por ser hombre o mujer. En pocas palabras, su papel es asegurarse de que el plan beneficie por igual a todos.
Texto oficial
Artículo 48. El Instituto coadyuvará en la definición de objetivos, metas, estrategias y políticas públicas generales desde la equidad de género, para la elaboración del Programa General de Desarrollo Social del Distrito Federal. CAPÍTULO II DE LA COLABORACIÓN
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