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Ley
Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
48

Artículo 48 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a ayudar a definir lo que se busca lograr en temas de desarrollo social en la Ciudad de México, pero siempre viendo que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades. Esto lo hará al momento de crear el plan general de desarrollo social de la ciudad. El Instituto se encargará de que las metas, estrategias y políticas públicas tomen en cuenta la equidad de género, es decir, que no haya favoritismo por ser hombre o mujer. En pocas palabras, su papel es asegurarse de que el plan beneficie por igual a todos.

Texto oficial

Artículo 48. El Instituto coadyuvará en la definición de objetivos, metas, estrategias y políticas públicas generales desde la equidad de género, para la elaboración del Programa General de Desarrollo Social del Distrito Federal. CAPÍTULO II DE LA COLABORACIÓN

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 15) ↗

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