- Ley
- Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 59
Artículo 59 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a crear una forma de trabajar en equipo con las dependencias de cada estado de la República que hacen el mismo tipo de labor que el propio Instituto. Esto quiere decir que van a ponerse de acuerdo para compartir información y coordinar sus esfuerzos, en lugar de que cada quien haga las cosas por su cuenta. Así se evita que dos oficinas diferentes estén haciendo el mismo trabajo sin saberlo. Es como si varias sucursales de una misma empresa se pusieran de acuerdo para no duplicar esfuerzos.
Texto oficial
Artículo 59. El Instituto establecerá un sistema de coordinación de trabajo con los órganos que efectúan actividades homólogas a las del Instituto en las Entidades Federativas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.