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Ley
Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
66

Artículo 66 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El patrimonio del Instituto está formado por todo lo que posee, como muebles, oficinas o terrenos que el gobierno de la Ciudad de México le dé; también incluye lo que compre por su cuenta, el dinero que consiga para proyectos especiales, y cualquier donación o regalo que reciba de personas o empresas, ya sean mexicanas o extranjeras.

Texto oficial

Artículo 66. El patrimonio del Instituto se integrara con los siguientes: I. Los bienes muebles e inmuebles que le transfiera o entregue en propiedad la Administración Pública del Distrito Federal; II. Los bienes adquiridos por cualquier otro título; III. Los fondos obtenidos por el financiamiento de programas específicos; y IV. Las aportaciones, donaciones, legados y demás liberalidades que reciba de personas físicas y morales, nacionales o internacionales;

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 17) ↗

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