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Ley
Reglamento Interno de la Junta de Gobierno de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal
Artículo
27

Artículo 27 del Reglamento Interno de la Junta de Gobierno de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando ya se hayan revisado todos los puntos que estaban planeados para la reunión, el Presidente dirá que la sesión se termina. También va a anotar en un documento el día y la hora exacta en que cerró la junta. Esto es solo para dejar constancia de cuándo acabó todo.

Texto oficial

Artículo 27. Agotado el orden del día correspondiente, el Presidente de la Junta formulará la declaración de clausura de la sesión, consignando la fecha y hora en que se cierra. Capítulo IX De la elaboración de las actas

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Junta de Gobierno de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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