- Ley
- Reglamento Interno de la Junta de Gobierno de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 27
Artículo 27 del Reglamento Interno de la Junta de Gobierno de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ya se hayan revisado todos los puntos que estaban planeados para la reunión, el Presidente dirá que la sesión se termina. También va a anotar en un documento el día y la hora exacta en que cerró la junta. Esto es solo para dejar constancia de cuándo acabó todo.
Texto oficial
Artículo 27. Agotado el orden del día correspondiente, el Presidente de la Junta formulará la declaración de clausura de la sesión, consignando la fecha y hora en que se cierra. Capítulo IX De la elaboración de las actas
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