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Ley
Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 5 dice que los trabajadores de la OIP (Oficina de Información Pública) tienen la obligación de seguir y poner en práctica las reglas, planes y pasos que defina el Comité de Transparencia de la Caja. ¿El chiste? Que todo esto se aplique correctamente dentro de la dependencia. En otras palabras, la OIP debe hacerle caso a lo que ordene ese comité para que la información sea manejada con transparencia.

Texto oficial

ARTÍCULO 5.- El personal de la OIP, deberá acatar e implementar los Lineamientos, Políticas y Procedimientos que establezca el Comité de Transparencia de la Caja con la finalidad de que se apliquen en la Entidad. UNIDADES ADMINISTRATIVAS

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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