Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interno-operacion-centros-justicia-mujeres/12
Ley
Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada Centro tiene una persona encargada, llamada Directora o Director. Su trabajo es proponer a sus jefes las actividades que deben hacer las diferentes áreas del Centro, según lo que necesiten las personas que lo usan. También debe coordinar al personal jurídico y psicológico para que las personas usuarias puedan recibir todos los servicios que requieran, como ayuda legal, psicológica y de otras instituciones. Además, tiene que presentar ideas y programas para mejorar las políticas contra la violencia hacia las mujeres, especialmente en prevención, atención y castigo. Debe fomentar un ambiente de respeto y cooperación entre todo el equipo del Centro, para que el trabajo sea reconocido y valorado. Por último, debe garantizar que las mujeres que sufren violencia de género, y también las víctimas indirectas (como sus hijos o familiares), reciban atención completa y rápida, con un enfoque de género, para protegerlas y ayudarles a acceder a la justicia y defender sus derechos humanos.

Texto oficial

Artículo 12.- Al frente de cada Centro, habrá una persona titular de la Dirección, que se encargará por sí o a través del personal a su cargo las atribuciones siguientes: Proponer a la Dirección General, las actividades que realizarán las diferentes áreas que integran el Centro, de acuerdo a su competencia y necesidades de las personas usuarias; Conducir, a través de las Subdirecciones Jurídica y Psicológica, al personal adscrito y comisionado, para facilitar a las personas usuarias el acceso a los servicios integrales, multidisciplinarios e interinstitucionales que requieran; Proponer a la Dirección General, proyectos y programas con la finalidad de fortalecer las políticas públicas; en materia de atención, prevención y sanción de la violencia contra las mujeres; Promover entre todo el personal, que colabora en el Centro a su cargo, un clima laboral de cooperación, participación común y respeto, con la finalidad de efectuar un trabajo que repercuta en el merecimiento o reconocimiento de las personas servidoras públicas; y, Procurar atención integral, multidisciplinaria e interinstitucional a las mujeres en situación de violencia de género, así como a las victimas indirectas, con el objeto de otorgar una respuesta oportuna, eficaz y completa a sus necesidades de protección y acceso a la justicia, desde la perspectiva de género, así como la defensa a sus derechos humanos.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.