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Ley
Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México
Artículo
8

Artículo 8 del Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que, para cuidar a las mujeres y castigar la violencia en su contra, se va a fomentar que las personas denuncien cualquier tipo de maltrato. Esto incluye la violencia feminicida (la que puede llevar a matar a una mujer) y la violencia política por razones de género (como cuando atacan a una mujer por participar en política). La idea es que denunciar a tiempo ayuda a proteger la integridad y seguridad de las mujeres.

Texto oficial

Artículo 8.- A fin de prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres, así como detectar oportunamente la violencia feminicida y violencia política por razones de género, se promoverá la cultura de la denuncia para salvaguardar su integridad y seguridad.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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