- Ley
- Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, para cuidar a las mujeres y castigar la violencia en su contra, se va a fomentar que las personas denuncien cualquier tipo de maltrato. Esto incluye la violencia feminicida (la que puede llevar a matar a una mujer) y la violencia política por razones de género (como cuando atacan a una mujer por participar en política). La idea es que denunciar a tiempo ayuda a proteger la integridad y seguridad de las mujeres.
Texto oficial
Artículo 8.- A fin de prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres, así como detectar oportunamente la violencia feminicida y violencia política por razones de género, se promoverá la cultura de la denuncia para salvaguardar su integridad y seguridad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.