- Ley
- Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 del Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Centros ofrecen varios servicios gratuitos para víctimas. Te dan atención psicológica y psiquiátrica, es decir, apoyo emocional y mental. También te orientan y asesoran legalmente, y si necesitas, pueden representarte en temas de familia, lo civil o lo penal; además, si es necesario, ellos tramitan medidas de protección. Te brindan consultas médicas básicas o de primer nivel. Igual, hay programas para que te empoderes, apoyos sociales y ayuda para que te reintegres a la sociedad. Por último, te facilitan el acceso a la justicia, es decir, a las autoridades que investigan o juzgan tu caso.
Texto oficial
Artículo 7.- Los Centros, conforme a su Modelo de Atención Especializada y Protocolos de Actuación, ofrecerán los servicios siguientes: Atención psicológica y psiquiátrica; Orientación, asesoría jurídica, representación legal especializada en los ámbitos familiar, civil y penal, así como la solicitud y, en su caso, la tramitación de medidas de protección; Médicos de primer nivel; Acciones de empoderamiento, apoyos sociales y reintegración social; y, Acceso a la procuración e impartición de justicia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.