- Ley
- Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal
- Artículo
- 30
Artículo 30 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Red de Información de Violencia contra las Mujeres sirve para juntar todos los datos estadísticos sobre víctimas de violencia que generan las dependencias del gobierno, como las delegaciones. También mide qué tan grave es el problema de la violencia hacia las mujeres. Ayuda a identificar qué situaciones ponen en mayor riesgo a las mujeres. Por último, sirve para ver si las distintas áreas del gobierno están trabajando bien en equipo para apoyar a las víctimas.
Texto oficial
Artículo 30. La Red de Información de Violencia contra las Mujeres tiene como objeto: I. Concentrar la información estadística que se genera en las dependencias, entidades y las dieciséis delegaciones, de las víctimas de violencia; II. Medir la magnitud de la violencia contra las mujeres; III. Identificar los factores de riesgo; y IV. Evaluar el esfuerzo conjunto y coordinado de las dependencias, entidades y delegaciones que atiendan a mujeres víctimas de violencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.