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Ley
Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Artículo
107

Artículo 107 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te registras en el Programa de Certificación de Edificaciones Sustentables (PCES), tienes que cumplir con estas obligaciones: mantener en buen estado tu edificio para que pase las pruebas del programa; dejar entrar en cualquier momento a los inspectores de la DGEIRA (la dependencia que revisa) para que verifiquen que estás cumpliendo con todo y el avance de tus acciones ecológicas; responder a cualquier duda que te hagan sobre esas acciones; respetar todas las leyes vigentes; y hacer lo que la DGEIRA te pida después. Si no cumples con esto, la DGEIRA puede cancelar tu certificación, pero podrías volver a registrarte después.

Texto oficial

Artículo 107.- La Promovente que se registre al PCES tendrá las siguientes obligaciones: I. Conservar las condiciones que le permitan cumplir satisfactoriamente con el presente Reglamento y los criterios del PCES; II. Permitir el acceso a la Edificación en cualquier momento al personal de la DGEIRA, para constatar la información relativa al proceso de Certificación, así como el avance en la aplicación de las Acciones de Sustentabilidad; III. Atender cualquier solicitud de información que, sobre las Acciones de Sustentabilidad le sea formulada por la DGEIRA; IV. Dar cumplimiento al marco legal vigente; y V. Todas aquellas que la DGEIRA determine. En caso de que la Promovente incumpla con las obligaciones, la DGEIRA procederá a dar por terminado el proceso de certificación, no obstante, la Promovente podrá solicitar nuevamente su registro al PCES. SECCIÓN II DE LA SOLICITUD Y REGISTRO AL PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES (PCES)

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables (pág. 1) ↗

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