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Ley
Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Artículo
109

Artículo 109 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando varias empresas (más de dos) trabajan juntas para certificar un edificio como sustentable o para renovarlo, aunque estén separadas legalmente o tengan vínculos entre ellas, al momento de pedir el registro o reportar la renovación deben avisarle por escrito a la DGEIRA. También tienen que demostrar qué hizo cada una en las actividades del proyecto. Es como si al hacer un trabajo en equipo, tuvieras que decirle al jefe quién se encargó de cada parte.

Texto oficial

Artículo 109.- Cuando en el proceso de Certificación de Edificación Sustentable o Renovación, intervengan o participen más de dos grupos empresariales, sin importar su constitución, relación fiscal y contable que involucre a sus filiales o empresas asociadas, al momento de ingresar la solicitud para el registro al PCES o en el Informe de Renovación, deberán manifestar a la DGEIRA por escrito y acreditar la participación de éstas en las actividades, operaciones y procesos que realicen en la Edificación.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables (pág. 1) ↗

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