- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 109
Artículo 109 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando varias empresas (más de dos) trabajan juntas para certificar un edificio como sustentable o para renovarlo, aunque estén separadas legalmente o tengan vínculos entre ellas, al momento de pedir el registro o reportar la renovación deben avisarle por escrito a la DGEIRA. También tienen que demostrar qué hizo cada una en las actividades del proyecto. Es como si al hacer un trabajo en equipo, tuvieras que decirle al jefe quién se encargó de cada parte.
Texto oficial
Artículo 109.- Cuando en el proceso de Certificación de Edificación Sustentable o Renovación, intervengan o participen más de dos grupos empresariales, sin importar su constitución, relación fiscal y contable que involucre a sus filiales o empresas asociadas, al momento de ingresar la solicitud para el registro al PCES o en el Informe de Renovación, deberán manifestar a la DGEIRA por escrito y acreditar la participación de éstas en las actividades, operaciones y procesos que realicen en la Edificación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.