- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 110
Artículo 110 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La DGEIRA (que es la autoridad encargada) revisará tu solicitud para registrarte en el programa PCES en máximo 20 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos). Si necesita asegurarse de que los datos que diste son ciertos, puede pedirte que acuerden una visita para verificar la información en tu negocio o domicilio. Esto lo hacen para confirmar que lo que escribiste en el trámite es verdad. No te preocupes, solo es una revisión para que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 110.- La DGEIRA evaluará la solicitud presentada para el registro al PCES en un plazo no mayor a veinte días hábiles y de ser necesario acordará con la Promovente la realización de Visitas de Constatación de Información a fin de corroborar lo manifestado en la solicitud de registro.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.