- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 145
Artículo 145 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la revalidación de tu Certificado de Edificación Sustentable no se puede pasar a otra persona ni vender, y dura tres años desde que la emiten. Para que siga siendo válida, tú, como dueño del proyecto, debes cumplir tres cosas: mantener o mejorar las condiciones con las que te la dieron, entregar dos informes anuales de seguimiento (y que la autoridad los apruebe), y cumplir con lo que la DGEIRA (la dependencia que revisa estos temas) te pida. Si haces cambios en el uso o las instalaciones del edificio, tienes que seguir las reglas del artículo 133 de este reglamento.
Texto oficial
Artículo 145.- La Revalidación del Certificado de Edificación Sustentable será intransferible, tendrá una vigencia de tres años contados a partir de la fecha de emisión y conservará su vigencia siempre y cuando la Promovente cumpla con lo siguiente: I. Mantenga o mejore las condiciones por las cuales se emitió la Revalidación del Certificado; II. Entregue el primer y segundo Informe Anual de Edificación Sustentable de seguimiento del PCES conforme a lo estipulado en el artículo 134 del presente Reglamento, y obtenga la aprobación por la DGEIRA de dichos Informes; y III. Las que determine la DGEIRA. En caso de que estén contempladas modificaciones en el uso o en las instalaciones de la Edificación, deberá sujetarse a lo establecido en el artículo 133 del presente Reglamento. SECCIÓN VIII DE LA CANCELACIÓN DEL CERTIFICADO DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.