- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 50
Artículo 50 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para obtener el Certificado de Cumplimiento Ambiental, tú (como la empresa o persona que solicita el trámite) debes entregar unos papeles junto con el reporte de la auditoría o del diagnóstico ambiental. Primero, necesitas una solicitud por escrito pidiendo que te den el certificado. También tienes que presentar un escrito donde te comprometas a mantener siempre las medidas que se pusieron en marcha durante la auditoría y a seguir cumpliendo con las leyes ambientales actuales.
Texto oficial
Artículo 50.- Para la emisión del Certificado de Cumplimiento Ambiental, la Promovente, deberá presentar junto con el Reporte de Auditoría Ambiental o el reporte de Diagnóstico Ambiental la siguiente documentación: a) Solicitud por escrito de emisión del Certificado de Cumplimiento Ambiental. b) Escrito en el que se haga constar el compromiso de mantener de forma permanente las medidas instauradas con motivo de la Auditoría Ambiental y de conservar las condiciones que permitan mantener el cumplimiento a la legislación vigente aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.