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Ley
Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para todos en la Ciudad de México y su objetivo es regular la verificación vehicular, que es el proceso para revisar que los autos no contaminen demasiado. También busca que el aire que respiramos sea más limpio para cuidar tu salud y el medio ambiente. Para lograrlo, por ejemplo, pone límites a cuándo y cómo puedes circular con tu carro. Estas reglas son obligatorias para todos los autos que tengan placas de la Ciudad de México. Si tu auto tiene placas de otro estado o de otro país, puedes hacer la verificación de forma voluntaria si quieres.

Texto oficial

Artículo 1. El presente ordenamiento es de observancia general, orden público e interés social en la Ciudad de México y tiene por objeto reglamentar la verificación vehicular establecida en la Ley Ambiental de la Ciudad de México. Asimismo, es de orden público e interés social en la Ciudad de México asegurar una calidad del aire satisfactoria para la salud y bienestar de la población, mantener el equilibrio ecológico y el respeto a las restricciones a la circulación de los vehículos automotores para reducir y controlar las emisiones de contaminantes a la atmósfera, conforme a lo dispuesto en este ordenamiento. Las disposiciones de este Reglamento referentes a la verificación vehicular obligatoria serán aplicables a las fuentes móviles matriculadas en la Ciudad de México, así como a la verificación vehicular voluntaria de las matriculadas en otras Entidades Federativas o en el extranjero.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular (pág. 1) ↗

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