- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 107
Artículo 107 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero que el Congreso Local le asigna a proyectos importantes no se puede reducir, a menos que ocurra una de estas tres cosas: que se mueva ese dinero a otro proyecto igual de importante, que ya se haya cumplido con lo que se prometió hacer, o que el dinero total para todos los proyectos importantes no baje (aunque se cambie de un lado a otro).
Texto oficial
Artículo 107.- Los recursos asignados por el Congreso Local a las prioridades de gasto no podrán disminuirse, salvo en alguno de los casos siguientes: I. Cuando se transfieran los recursos a otras prioridades de gasto; II. Cuando se hubieren concluido las metas, o III. Cuando no se disminuya el importe total de las prioridades de gasto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.