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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
115

Artículo 115 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando firmes un contrato con una dependencia del gobierno (como una alcaldía o una entidad pública) y necesites dar una fianza como garantía, esa fianza solo puede ser emitida por una compañía de fianzas que tenga permiso oficial para operar en México. Es decir, no puedes usar cualquier fianza, tiene que ser de una aseguradora autorizada por la ley de seguros y fianzas. Esto aplica tanto para actos como para contratos que celebres con esas instituciones.

Texto oficial

Artículo 115.- Las garantías que mediante fianza se constituyan a favor de las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades, por actos y contratos que éstos celebren deberán ser otorgadas por compañía afianzadora autorizada en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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