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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
119

Artículo 119 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno, como las secretarías, alcaldías y otras áreas, tienen que revisar que cualquier fianza (un tipo de garantía económica) que una persona o empresa entregue para participar en un trámite o contrato cumpla con las reglas mínimas que aquí se indican. También deben asegurarse de que cumplan con lo que digan otras leyes relacionadas con ese trámite o acuerdo.

Texto oficial

Artículo 119.- Las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades deberán cuidar que las fianzas que se otorguen como garantía y que sean presentadas por las personas físicas o morales durante los procedimientos y celebración de contratos o actos celebrados para garantizar la participación y cumplimiento de los compromisos adquiridos, se sujeten a los requisitos mínimos contenidos en las presentes disposiciones, además de aquellos que las leyes especiales de las que emanen prevean.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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