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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
120

Artículo 120 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno (dependencias, alcaldías y demás) tienen que revisar, aceptar y guardar las garantías (como los depósitos o fianzas) que das para asegurar que cumplirás con lo que prometiste en un trámite o contrato. Las guardan hasta que cumplas tu obligación. También pueden cambiar o cancelar esas garantías si es necesario. Además, deben verificar que la póliza de garantía sea auténtica preguntando directamente a la Procuraduría Fiscal, que tiene hasta 48 horas para responder. Para eso, la Procuraduría les pide a las aseguradoras que cumplan con lo que marca la ley. Las garantías se envían a la Dirección General de Administración Financiera para que las maneje según lo que dice la ley.

Texto oficial

Artículo 120.- Las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades deberán verificar, aceptar, controlar y conservar en guarda y custodia las garantías hasta en tanto el fiado no incumpla su obligación; además, sustituir y cancelar, según proceda, las garantías que se otorguen a favor de la Secretaría derivadas de los procedimientos y celebración de contratos o actos celebrados para garantizar la participación y cumplimiento de los compromisos adquiridos. Las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades deberán revisar la autenticidad de la póliza de garantía, mediante una consulta directa a la Procuraduría Fiscal, quien la atenderá en un plazo máximo de 48 horas. Para tal efecto, la Procuraduría Fiscal en el ámbito de sus atribuciones, requerirá a las Instituciones Afianzadoras el cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 282, fracción I, de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas. Las garantías serán remitidas a la Dirección General de Administración Financiera, adscrita a la Secretaría, para los efectos legales correspondientes.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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