- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 136
Artículo 136 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el gobierno te dio un descuento o beneficio directo en impuestos (llamado "subsidio individual"), tienes que cumplir con estos pasos para usarlo: 1. Lleva el documento original donde te autorizaron ese subsidio a las cajas de la oficina de impuestos llamada "Módulo Central", sin tachaduras ni correcciones. 2. Presenta también las declaraciones de impuestos que correspondan, y solo aplica el subsidio por el monto y concepto que te autorizaron. 3. Debes usar ese subsidio dentro del año fiscal en que te notificaron, o a más tardar 15 días hábiles después de que termine ese año. Si no cumples, pierdes el subsidio y tendrás que pagar el impuesto completo, más los intereses y recargos que se hayan generado. Además, las oficinas de impuestos (Tesorería) y la Procuraduría Fiscal revisarán periódicamente que todo se haya aplicado correctamente, y pueden auditarte si detectan fallas.
Texto oficial
Artículo 136.- Para la aplicación de resoluciones individuales de subsidio, otorgadas por la persona titular de la Jefatura de Gobierno, el contribuyente deberá: I. Presentar el documento que acredite dicho otorgamiento, en original sin tachaduras ni enmendaduras en las cajas recaudadoras de la Administración Auxiliar “Módulo Central”; II. Acompañar las declaraciones que correspondan y aplicar por el concepto y hasta por el monto autorizado en la resolución de subsidio individual, y III. Aplicar el subsidio dentro del ejercicio fiscal en el que haya sido notificado legalmente o a más tardar dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de éste. En caso de incumplimiento a lo anterior, el subsidio dejará de surtir efectos y se harán efectivos los créditos relativos, los cuáles incluirán la actualización y los accesorios que se generen hasta el momento en que se efectúe el pago. A fin de dar seguimiento a la aplicación, las unidades administrativas competentes de la Tesorería y de la Procuraduría Fiscal realizarán las conciliaciones periódicas de los subsidios autorizados y aplicados en cada ejercicio fiscal. La unidad administrativa competente de la Tesorería revisará que la aplicación de los subsidios individuales otorgados por la persona titular de la Jefatura de Gobierno, a que se refiere el artículo 126 de la Ley, se realicen conforme a las disposiciones fiscales vigentes. La Tesorería podrá ejercer sus facultades de comprobación y verificación en caso de incumplimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.