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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
137

Artículo 137 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 137 dice que, si recibes un subsidio (apoyo del gobierno para pagar menos impuestos), no puedes pedir que te devuelvan dinero ni exigir una compensación por ese impuesto que el subsidio cubrió. Tampoco puedes reclamar nada si ya pagaste ese impuesto antes de recibir el subsidio; una vez que se te otorgó, ya no hay derecho a que te regresen lo que pagaste.

Texto oficial

Artículo 137.- El otorgamiento del subsidio no genera derecho a compensación o devolución alguna, sobre el crédito fiscal a que el mismo se refiere o cuando este haya sido pagado por el contribuyente. Capítulo VII Del Control y Evaluación del Gasto Público

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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