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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
152

Artículo 152 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda es la encargada de crear, manejar y poner las reglas de los sistemas de contabilidad del gobierno. En estos sistemas se pueden usar herramientas digitales, como programas de computadora, siempre que la ley lo permita. La contabilidad debe llevar un registro detallado de todo lo que tiene el gobierno (activos), lo que debe (pasivos), sus ingresos, gastos y el dinero asignado a programas específicos. En el caso de organismos autónomos o de gobierno, como el INE o la CNDH, cada uno maneja su propia contabilidad a través de su área correspondiente.

Texto oficial

Artículo 152.- El desarrollo y operación de los sistemas de contabilidad, así como la emisión de la normatividad en la materia, para efectos administrativos, estarán a cargo de la Secretaría, y de los sistemas establecidos por la misma, en los que se podrán utilizar los medios electrónicos que permita el avance tecnológico con base en lo señalado en la Ley. La contabilidad incluirá las cuentas para registrar tanto los activos, pasivos, hacienda pública o patrimonio, ingresos y gastos públicos, orden o memoranda, así como las asignaciones, compromisos y ejercicio correspondiente a los programas y partidas del presupuesto. El desarrollo y operación de los sistemas de contabilidad, en caso de los órganos de gobierno y autónomos, estarán a cargo de su órgano competente.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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