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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
166

Artículo 166 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El informe de la Cuenta Pública, que es el documento donde el gobierno rinde cuentas de cómo gastó el dinero público, se vuelve definitivo en cuanto se entrega al Congreso de tu estado. Esto quiere decir que, una vez que lo presentan, ya no se puede cambiar ni corregir. Así que el gobierno tiene que asegurarse de que todo esté bien antes de entregarlo, porque después ya no hay marcha atrás.

Texto oficial

Artículo 166.- El informe de Cuenta Pública será de carácter definitivo una vez presentado al Congreso Local, por lo que no podrá modificarse.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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