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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
167

Artículo 167 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es una dependencia del gobierno) va a crear una guía que explique cómo deben hacerse los informes que pide la ley. Esa guía la va a compartir con todas las oficinas del gobierno, como las dependencias, alcaldías y otras entidades. También les dirá a qué área de la Subsecretaría deben mandar esos informes, y esa área podrá pedirles más explicaciones o información si hace falta.

Texto oficial

Artículo 167.- La Secretaría emitirá la guía para la elaboración de los informes y la difundirá a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades; asimismo, indicará el área específica de la Subsecretaría a la que deberán ser enviados, la que en su caso, solicitará aclaraciones o información adicional.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.