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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
38

Artículo 38 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría puede revisar y aprobar cambios en los calendarios de pago de las oficinas del gobierno de la Ciudad, como secretarías, alcaldías y otras entidades. Estos cambios permiten adelantar el dinero que se tiene presupuestado para ciertos proyectos o necesidades. Pero cada modificación solo se autoriza si está bien justificada y depende de lo que decida la Subsecretaría. Las oficinas deben llevar un control estricto de su gasto, asegurándose de que sus compromisos de pago estén dentro del calendario autorizado y del dinero disponible del gobierno de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 38.- La Subsecretaría, previo análisis del planteamiento y justificación, podrá autorizar adecuaciones a los calendarios presupuestarios de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades que tengan por objeto anticipar la disponibilidad presupuestal de recursos y estarán sujetas a la determinación de la Subsecretaría, para cada caso; las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades llevarán el registro y control de su ejercicio presupuestario, sujetando sus compromisos de pago a la calendarización presupuestaria autorizada, así como a la disponibilidad financiera de la hacienda pública de la Ciudad de México.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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