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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
43

Artículo 43 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Programa Operativo es como un plan que el gobierno de la Ciudad de México puede usar para llevar a cabo sus programas y acciones. También sirve para preparar el borrador del presupuesto, siempre y cuando no vaya en contra de las reglas que ponga la Subsecretaría encargada de hacer que el presupuesto funcione según resultados y de evaluar el desempeño.

Texto oficial

Artículo 43.- El Programa Operativo podrá ser utilizado para la ejecución de programas y acciones de la Administración Pública de la Ciudad de México. Así como para la formulación del anteproyecto de presupuesto, en su caso, sin que se contraponga con las disposiciones que emita la Subsecretaría para la implementación y operación del Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño. Se deroga Se deroga

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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