- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 69
Artículo 69 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 69 dice que la Secretaría de Finanzas, por medio de la Subsecretaría, va a emitir reglas generales para armar el proyecto de presupuesto de la Ciudad. Estas reglas incluyen, por ejemplo, cómo integrar programas (como obras o servicios) que deben estar alineados con el Plan de Desarrollo y la Agenda 2030, y medir sus resultados con indicadores para ver si están cumpliendo sus objetivos. También se toman en cuenta los gastos planeados, proyectos de inversión y lineamientos sobre en qué se gasta el dinero. Todo esto sirve para que quien toma las decisiones pueda mejorar cómo se opera y maneja el presupuesto.
Texto oficial
Artículo 69.- Las reglas de carácter general para la integración del Anteproyecto de Presupuesto, serán emitidas por la Secretaría, a través de la Subsecretaría, cuyo contenido será relativo a: I. La Integración de la Estructura Programática, considerando los criterios para la implementación y operación del Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño, así como su congruencia con el Plan General de Desarrollo, el Programa de Gobierno, la Agenda 2030 y demás instrumentos de planeación de la Ciudad, en términos de la Ley de Planeación. A través de la Matriz de Indicadores para Resultados se identificará la necesidad o problema público que atiende el Programa Presupuestario, así como los bienes y servicios entregables y las actividades necesarias para generarlos, de tal manera que su medición se realizará a través de indicadores de desempeño estratégicos y de gestión con los criterios mínimos que deben cumplir para su monitoreo, a efecto de constatar la consecución de los objetivos; la información generada será un elemento importante para la evaluación de resultados e impactos, a fin de proveer de insumos a los tomadores de decisiones para la mejora de los procesos operativos y de gestión, II. La Presupuestación con base en las previsiones financieras, el analítico de claves, los proyectos de inversión y los flujos de efectivo, III. Los lineamientos específicos por capítulo de gasto, y IV. Las demás que determine la Secretaría, a través de la Subsecretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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