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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
69

Artículo 69 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 69 dice que la Secretaría de Finanzas, por medio de la Subsecretaría, va a emitir reglas generales para armar el proyecto de presupuesto de la Ciudad. Estas reglas incluyen, por ejemplo, cómo integrar programas (como obras o servicios) que deben estar alineados con el Plan de Desarrollo y la Agenda 2030, y medir sus resultados con indicadores para ver si están cumpliendo sus objetivos. También se toman en cuenta los gastos planeados, proyectos de inversión y lineamientos sobre en qué se gasta el dinero. Todo esto sirve para que quien toma las decisiones pueda mejorar cómo se opera y maneja el presupuesto.

Texto oficial

Artículo 69.- Las reglas de carácter general para la integración del Anteproyecto de Presupuesto, serán emitidas por la Secretaría, a través de la Subsecretaría, cuyo contenido será relativo a: I. La Integración de la Estructura Programática, considerando los criterios para la implementación y operación del Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño, así como su congruencia con el Plan General de Desarrollo, el Programa de Gobierno, la Agenda 2030 y demás instrumentos de planeación de la Ciudad, en términos de la Ley de Planeación. A través de la Matriz de Indicadores para Resultados se identificará la necesidad o problema público que atiende el Programa Presupuestario, así como los bienes y servicios entregables y las actividades necesarias para generarlos, de tal manera que su medición se realizará a través de indicadores de desempeño estratégicos y de gestión con los criterios mínimos que deben cumplir para su monitoreo, a efecto de constatar la consecución de los objetivos; la información generada será un elemento importante para la evaluación de resultados e impactos, a fin de proveer de insumos a los tomadores de decisiones para la mejora de los procesos operativos y de gestión, II. La Presupuestación con base en las previsiones financieras, el analítico de claves, los proyectos de inversión y los flujos de efectivo, III. Los lineamientos específicos por capítulo de gasto, y IV. Las demás que determine la Secretaría, a través de la Subsecretaría.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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