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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
83

Artículo 83 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 83 dice que la Secretaría de Hacienda, a través de su Subsecretaría, es la encargada de manejar y organizar la lista de proyectos de inversión. Esto quiere decir que cuando se anotan proyectos en esa lista, el simple hecho de estar registrados no significa que el gobierno ya los aprobó o que están bien hechos. Las dependencias, alcaldías o entidades pueden usar cualquier método para realizar sus proyectos, pero el registro no avala ni juzga si esos métodos son correctos. En resumen, el registro es solo un trámite administrativo, no un visto bueno oficial.

Texto oficial

Artículo 83.- La administración de la Cartera de Proyectos de Inversión estará a cargo de la Secretaría por conducto de la Subsecretaría. Los registros no prejuzgan ni validan los mecanismos que utilicen las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades para la ejecución de los programas y proyectos de que se trate.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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