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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
97

Artículo 97 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, a través de la Subsecretaría, va a definir los requisitos que faltan para que las áreas del gobierno que manejan dinero (Unidades Responsables del Gasto) puedan hacer el trámite de las Cuentas por Liquidar Certificadas. Las Cuentas por Liquidar Certificadas son como un permiso para gastar dinero que aún no se ha pagado, pero que ya está comprometido. Todo esto se hará siguiendo las reglas generales que ya existen para manejar el presupuesto.

Texto oficial

Artículo 97.- La Secretaría por conducto de la Subsecretaría, determinará los demás requisitos que deberán observar las Unidades Responsables del Gasto para el trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas, en términos de las reglas de carácter general para el ejercicio presupuestario que emita.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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