- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 97
Artículo 97 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, a través de la Subsecretaría, va a definir los requisitos que faltan para que las áreas del gobierno que manejan dinero (Unidades Responsables del Gasto) puedan hacer el trámite de las Cuentas por Liquidar Certificadas. Las Cuentas por Liquidar Certificadas son como un permiso para gastar dinero que aún no se ha pagado, pero que ya está comprometido. Todo esto se hará siguiendo las reglas generales que ya existen para manejar el presupuesto.
Texto oficial
Artículo 97.- La Secretaría por conducto de la Subsecretaría, determinará los demás requisitos que deberán observar las Unidades Responsables del Gasto para el trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas, en términos de las reglas de carácter general para el ejercicio presupuestario que emita.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.