- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 98
Artículo 98 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a pagar las Cuentas por Liquidar Certificadas (que son como facturas registradas oficialmente) a través de su Dirección General de Administración Financiera. Esto significa que el dinero sale de una oficina específica del gobierno, no de cualquier lugar. Tú no tienes que ir a otra ventanilla; el pago se procesa desde ese departamento. Es solo la forma en que el gobierno organiza internamente quién se encarga de soltar la lana.
Texto oficial
Artículo 98.- El pago de las Cuentas por Liquidar Certificadas que se hayan registrado en el Sistema, se realizará por la Secretaría por conducto de la Dirección General de Administración Financiera.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.