Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-austeridad-transparencia-remuneraciones-prestaciones-ejercicio-recursos/99
Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
99

Artículo 99 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Administración Financiera es la que va a recibir las cuentas ya aprobadas por el Sistema para pagarlas. Con esas cuentas, armará un calendario de pagos, pero todo depende de cuánto dinero tenga disponible en ese momento. O sea, primero checa si hay lana y luego decide cuándo paga. No es que pague todo al mismo tiempo, sino según lo que alcance.

Texto oficial

Artículo 99.- La Dirección General de Administración Financiera recibirá las Cuentas por Liquidar Certificadas por el Sistema para su pago correspondiente, quien conformará su programa de pagos, dependiendo de la disponibilidad financiera.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.