- Ley
- Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La venta de bebidas alcohólicas en eventos o espectáculos solo puede empezar media hora antes de que inicie el evento y debe parar media hora antes de que termine. Esto quiere decir que, si el show empieza a las 8 de la noche, puedes comprar alcohol desde las 7:30, pero no durante los últimos 30 minutos del evento. La regla aplica para cualquier tipo de espectáculo donde esté permitida la venta.
Texto oficial
Artículo 17. La venta autorizada de bebidas alcohólicas podrá iniciar 30 minutos antes del comienzo del espectáculo y concluirá 30 minutos antes de la terminación del mismo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.