- Ley
- Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
- Artículo
- 28
Artículo 28 del Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los boletos para un mismo evento, como un concierto o una función de cine, deben ser iguales en diseño y tamaño, para que no puedas confundir unos con otros. Esto aplica a todos los boletos de ese espectáculo en particular, no importa dónde los compres. La idea es que sean fáciles de reconocer y revisar en la entrada. Así las personas que verifican los boletos pueden compararlos rápidamente sin complicaciones.
Texto oficial
Artículo 28. Los boletos de admisión correspondientes al mismo espectáculo, tendrán formato y características similares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.