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Ley
Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
Artículo
28

Artículo 28 del Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los boletos para un mismo evento, como un concierto o una función de cine, deben ser iguales en diseño y tamaño, para que no puedas confundir unos con otros. Esto aplica a todos los boletos de ese espectáculo en particular, no importa dónde los compres. La idea es que sean fáciles de reconocer y revisar en la entrada. Así las personas que verifican los boletos pueden compararlos rápidamente sin complicaciones.

Texto oficial

Artículo 28. Los boletos de admisión correspondientes al mismo espectáculo, tendrán formato y características similares.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.