- Ley
- Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
- Artículo
- 37
Artículo 37 del Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando los bomberos vayan a hacer una inspección, tienen que llevar un registro escrito de todo lo que revisen. Ese registro se llama bitácora de control y sus reglas están en el Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos. Así queda por escrito lo que vieron y aseguran que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 37. En las visitas de inspección que realice personal del Heroico Cuerpo de Bomberos, se elaborará una bitácora de control, cuyas características se señalan en el Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal. Artículo reformado G.O.CDMX 25/09/24
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.