- Ley
- Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
- Artículo
- 60
Artículo 60 del Reglamento de la Ley para la Celebración de Espectaculos Públicos del Distrito Federal en Materia de Espectaculos Masivos y Deportivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En los partidos o eventos deportivos que sean considerados peligrosos (de alto riesgo), las autoridades le pedirán ayuda a la Procuraduría General de Justicia (hoy Fiscalía) de la Ciudad de México. El objetivo es tener camionetas o módulos del Ministerio Público (MP) cerca del lugar, para que puedas presentar una denuncia o queja si alguien comete un delito ahí, como una pelea, robo o agresión. Esto aplica solo en áreas especiales del estadio, llamadas "zonas reservadas", donde hay más seguridad o acceso restringido. En pocas palabras, es para que la gente pueda reportar delitos de manera rápida y directa durante el evento.
Texto oficial
Artículo 60. En los espectáculos deportivos calificados de alto riesgo, se solicitará la colaboración de la Pro curaduría General de Justicia del Distrito Federal, a fin de contar con unidades móviles del Ministerio Público para recibir las denuncias o querellas de cualquier hecho posiblemente constitutivo de delito. Sección II Zonas reservadas
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.