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Ley
Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para escoger a un Defensor de Oficio (el abogado que el gobierno te asigna si no puedes pagar uno), se harán exámenes de oposición, que son como concursos donde todos compiten por el puesto según sus conocimientos. Estas pruebas se organizan siguiendo al pie de la letra las reglas que están escritas en este Reglamento.

Texto oficial

Artículo 18.- Los exámenes de oposición para nombrar Defensor de Oficio se realizarán de conformidad con el presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal (pág. 5) ↗

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