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Ley
Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
Artículo
27

Artículo 27 del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada persona del jurado va a calificar por su cuenta, por escrito, tanto el examen práctico como el teórico. Le pondrán un número del 10 al 100 a cada prueba y luego sacarán el promedio de esas dos notas. Después, van a sumar los promedios de los tres miembros del jurado y los dividirán entre tres para obtener la calificación final. Para pasar, necesitas sacar al menos 80 puntos en esa calificación final.

Texto oficial

Artículo 27.- Los miembros del jurado emitirán separadamente y por escrito la calificación que cada uno de ellos otorgue a las pruebas práctica y teórica. Los miembros del jurado calificaran cada prueba en escala numérica del 10 al 100 y promediarán los resultados. La suma de los promedios se dividirán entre tres para obtener la calificación, cuyo mínimo aprobatorio será el de 80 puntos.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal (pág. 6) ↗

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