- Ley
- Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
- Artículo
- 27
Artículo 27 del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada persona del jurado va a calificar por su cuenta, por escrito, tanto el examen práctico como el teórico. Le pondrán un número del 10 al 100 a cada prueba y luego sacarán el promedio de esas dos notas. Después, van a sumar los promedios de los tres miembros del jurado y los dividirán entre tres para obtener la calificación final. Para pasar, necesitas sacar al menos 80 puntos en esa calificación final.
Texto oficial
Artículo 27.- Los miembros del jurado emitirán separadamente y por escrito la calificación que cada uno de ellos otorgue a las pruebas práctica y teórica. Los miembros del jurado calificaran cada prueba en escala numérica del 10 al 100 y promediarán los resultados. La suma de los promedios se dividirán entre tres para obtener la calificación, cuyo mínimo aprobatorio será el de 80 puntos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.