- Ley
- Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
- Artículo
- 81
Artículo 81 del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité Técnico es un grupo que se va a armar y a trabajar siguiendo las reglas que la Procuraduría de Protección ponga para eso. La Procuraduría es la autoridad encargada de cuidar derechos, y ella decide cómo se forma y opera este comité. Básicamente, las instrucciones para que funcione vienen de arriba, de esa dependencia. Así que todo lo que haga el comité tiene que apegársele a lo que ella diga.
Texto oficial
Artículo 81.- El Comité Técnico se integrará y funcionará de conformidad con los lineamientos de integración y funcionamiento que para tal efecto emita la Procuraduría de Protección.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.