- Ley
- Reglamento de la Ley de los derechos de las Personas Jóvenes en la Ciudad de México
- Artículo
- 64
Artículo 64 del Reglamento de la Ley de los derechos de las Personas Jóvenes en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el jurado que elige al ganador del Premio de la Juventud de la Ciudad de México puede: decidir cómo seleccionar a los candidatos, revisar que cumplan con los requisitos, elegir a los ganadores y, si ninguna propuesta cumple, dejar el premio sin entregar. También puede hacer todo lo necesario para que el proceso funcione bien. Los artículos transitorios explican que estas reglas empiezan a aplicarse al día siguiente de publicarse en el periódico oficial. Además, el Instituto de la Juventud tiene un plazo para crear más detalles sobre cómo funcionará un fondo de apoyo para proyectos juveniles, pero ese dinero depende de lo que autorice el congreso local cada año.
Texto oficial
Artículo 64. Para el otorgamiento del Premio de la Juventud de la Ciudad México, el Jurado Calificador tendrá las siguientes atribuciones: Establecer los criterios y mecanismos de selección de las propuestas; Evaluar las candidaturas seleccionadas, de acuerdo con los requisitos establecidos para el otorgamiento del Premio de la Juventud de la Ciudad México; Dictaminar las propuestas que hayan sido aceptadas para el otorgamiento del Premio de la Juventud de la Ciudad de México; Declarar vacante el Premio la Juventud de la Ciudad de México en cualquiera de las categorías, cuando a su juicio, las propuestas no cumplan con los requisitos previstos; y Las demás que sean necesarias para el cumplimento de sus objetivos. TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Segundo.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Tercero.- El Gabinete de la Juventud deberá ser instalado en un plazo no mayor de 30 días hábiles a partir de la vigencia de este Reglamento. Cuarto.- El Instituto de la Juventud de la Ciudad de México contará con un plazo de 120 días hábiles a partir de la vigencia del reglamento, para emitir los lineamientos para la integración y funcionamiento de la Red de Intercambio de Información sobre la Realidad Juvenil en la Ciudad de México. Quinto.- Los recursos destinados al Fondo de Apoyo a Proyectos Juveniles, estarán sujetos al presupuesto autorizado anualmente por la Legislatura Local, y en su caso, a los ajustes que autorice la Secretaría de Finanzas. Sexto.- Una vez que sean autorizados los recursos del Fondo, el Instituto de la Juventud de la Ciudad de México, deberá emitir los lineamientos para su funcionamiento, mecanismos de participación, selección, seguimiento y verificación del cumplimiento de los proyectos e iniciativas que serán apoyadas, en un plazo no mayor de 60 días naturales contados a partir de su autorización. Dado en la residencia oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil diecisiete. EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVÉZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE CULTURA, EDUARDO VÁZQUEZ MARTÍN.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE MOVILIDAD, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, TANYA MÜLLER GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, EDGAR OSWALDO TUNGÜÍ RODRÍGUEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, ROSA ÍCELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, HIRAM ALMEIDA ESTRADA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL, FAUSTO LUGO GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN, MAURICIO RODRÍGUEZ ALONSO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TURISMO, ARMANDO LÓPEZ CÁRDENAS.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, RENÉ RAÚL DRUCKER COLÍN.- FIRMA.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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