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Ley
Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer los programas de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), la Secretaría tomará en cuenta los planes de cada sector económico y definirá las reglas generales para aplicar las políticas de apoyo. Esas reglas incluirán metas, actividades, criterios claros y formas de medir si están funcionando o no.

Texto oficial

Artículo 10. Para la formulación de los Programas establecidos en el artículo 11 de la Ley, la Secretaría considerará los programas sectoriales en lo relativo al desarrollo de la competitividad de las MIPYMES, y emitirá los lineamientos generales para la debida ejecución de las políticas y acciones de fomento, que incluirán, entre otros, objetivos generales y específicos, criterios, actividades y metas, así como los mecanismos para su evaluación.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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