- Ley
- Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los programas que se hacen para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) deben seguir al pie de la letra lo que dice la ley, este reglamento y otras reglas que les apliquen. Además, esos programas tienen que ayudar a que los negocios chicos crezcan y se organicen bien, con el objetivo de que sean más competitivos. En otras palabras, el gobierno debe planear cómo echarle la mano a las MIPYMES para que les vaya mejor en el mercado.
Texto oficial
Artículo 6. Los programas sectoriales se sujetarán a Ley, el presente Reglamento, y demás disposiciones aplicables, y deberán promover el fomento y la adecuada planeación del desarrollo para la competitividad de las MIPYMES.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.