- Ley
- Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
- Artículo
- 7
Artículo 7 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México deben incluir en sus planes y proyectos acciones para ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) a ser más competitivas. Cada dependencia tiene que hacerlo en las áreas que le tocan, según lo que le corresponde. Esto significa que el gobierno tiene la obligación de apoyar a los negocios chicos y medianos para que crezcan y tengan más oportunidades.
Texto oficial
Artículo 7. En los programas y realización de acciones a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, conforme a sus respectivas esferas de competencia, promoverán lo relativo al desarrollo de la competitividad de las MIPYMES.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.