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Ley
Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a organizar una carrera o evento deportivo con patrocinadores, además de los requisitos básicos, necesitas cumplir con estos puntos: entregar una convocatoria firmada por el comité organizador, incluir mapas de salida-meta y de la ruta marcando cada kilómetro, tener servicio médico y ambulancias tanto en la salida-meta como en el recorrido, poner puestos de hidratación bien señalizados, proponer horarios para cerrar calles y decir cuántos participantes habrá por categoría y género. El Instituto tiene hasta 10 días antes del evento para darte el aval, pero si no te responde a tiempo, se considera que tu solicitud fue rechazada. Además, el Instituto avisará a varias dependencias como Protección Civil, Salud y la Delegación para que tomen cartas en el asunto.

Texto oficial

Artículo 10. Para Eventos Deportivos a celebrar con el apoyo de patrocinadores, además de los requisitos anteriores, deberá cumplir con lo siguiente: a) Convocatoria suscrita por el Comité Organizador; b) Croquis de salida-meta; c) Croquis de la ruta, identificando visiblemente cada kilómetro; d) Servicio médico en salida-meta y ruta. (ubicación); e) Ambulancias, en salida-meta y ruta (certificación, relación de hospitales cercanos para atenciones de urgencias); f) Abastecimientos, identificando visiblemente cada puesto y procedimiento de operación; g) Propuesta de tiempos para la apertura y cierre de vialidades; y h) Número aproximado de participantes por categorías y género (con un ejemplar de carta responsiva). Ingresada la solicitud y cubiertos los requisitos, el Instituto otorgará el aval en un plazo que no podrá exceder de 10 días naturales, anteriores a la fecha del evento. El Instituto dará vista del evento, a la Dirección General de Gobierno; Secretaría de Seguridad Pública; Secretaría de Protección Civil; Secretaría de Salud; y Delegación de que se trate, para la intervención que en su caso corresponda. En caso de que el Instituto omita dar respuesta de manera expresa, dentro del plazo señalado, se entenderá que resuelve en sentido negativo.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal (pág. 4) ↗

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