- Ley
- Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
- Artículo
- 12
Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto no te dará el aval si en el lugar o circuito que pediste ya hay otro evento autorizado antes. Ese aval solo cubre lo técnico y deportivo, así que no te salva de tramitar los permisos que pidan otras leyes o autoridades.
Texto oficial
Artículo 12. No será otorgado el aval por el Instituto si en el lugar o circuito solicitado se encuentra autorizado previamente algún evento. El aval que expida se relaciona exclusivamente con aspectos técnico-deportivos, por lo que no exime al organizador de tramitar los permisos y/o autorizaciones que establezca la normatividad aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.